lunes, 23 de abril de 2007

documento entregado al consulado uruguayo

Declaración de principios:
Asamblea Ambiental Concorvida.

Los integrantes de la Asamblea Ambiental Concorvida estimamos conveniente y oportuno manifestarnos mediante este documento, en el que hacemos público los principios que aúnan la voluntad de los miembros de esta asamblea:


-La Asamblea tiene como objeto el repudio a la instalación de la pastera Botnia, como así también el rechazo a toda forma de contaminación, depredación o uso indiscriminado del medio ambiente y los recursos naturales.

-Estamos convencidos que la puesta en marcha de esta planta provocará irreparables daños ambientales, económicos, sociales, éticos y culturales debido a la falta de aplicación de políticas ambientales de ambos países.

-Pretendemos contribuir a la toma de conciencia de la población, como así también exigimos a los gobiernos argentino y uruguayo , que estos prioricen el cuidado de la vida , el medio ambiente y los derechos humanos, por sobre los intereses de lucro de las grandes empresas .

-No tiene por lo tanto ninguna intención de provocar enfrentamiento alguno con el hermano pueblo uruguayo, ni con el resto del pueblo argentino.

-Expresamos la solidaridad efectiva con el pueblo de Gualeguaychú y con todos aquellos pueblos que legítimamente se manifiesten a favor del cuidado del planeta.

- Adoptamos la metodología del corte de puente, como una de las formas de hacer oír estos reclamos ante la opinión pública y los gobiernos, entendiendo que no es el único método o camino, sino uno de los posibles en este momento y circunstancias.


-Reivindicamos el mecanismo de la asamblea como forma de participación horizontal, heterogénea y plural y como una experiencia que contribuya a instalar formas de democracia directa y participativa.


-Esta asamblea es independiente de los partidos políticos, sindicatos, empresas u otro tipo de instituciones, por lo que, como organización colectiva no tiene más compromiso que con los principios expresados anteriormente.


Por otra parte queremos recordar el derecho que nos asiste en el Art. 41 de la Constitución Nacional de la República Argentina donde dice textualmente:



“Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer a las generaciones futuras y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.
Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambiental.
Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección y a las provincias las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales.
Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos y de los radiactivos.”


-Repudiamos el no cumplimiento del Tratado del Río Uruguay (Cap. X-Contaminación. Art.40, 41,42 y 43) y fundamentalmente de leyes y principios del Derecho Internacional del Medio Ambiente.

-Hacemos pública nuestra preocupación como ciudadanos libres e independientes exigiendo a las autoridades competentes el cumplimiento de las leyes vigentes y el no funcionamiento de la empresa Botnia sobre el río Uruguay.

Afirmándonos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, todos deberíamos tener las mismas oportunidades, por lo que exigimos la aplicación de los principios esenciales para garantizar los derechos fundamentales de todos los ciudadanos.


De pié y con esperanza para ambos pueblos hermanos.


Asamblea Ambiental Concorvida.
Concordia, Abril de 2007.

No hay comentarios.: